La Ciudad

Zona Roja: reconocen legitimidad del Comité contra la Trata y ordenan al juez que acelere una definición

La Cámara Federal de Apelaciones revocó por segunda vez la decisión del titular del Juzgado Nº4, Alfredo López, y le reclamó una decisión sobre los planteos de fondo.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata respaldó al Comité contra la Trata para que cuestione la creación de la Zona Roja e instó a que el juez de primera instancia acelere una definición respecto a los planteos de fondo sin mayores dilaciones bajo excusas formales, informaron fuentes judiciales.

La cámara revocó por segunda vez la decisión del titular del Juzgado Nº4, Alfredo López, y respaldó al Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata de Personas en su acción de amparo contra la creación de la denominada Zona Roja en la ciudad.

Los camaristas Alejandro Tazza y el juez subrogante Bernardo Bibel revocaron el viernes pasado el amparo y volvieron a reconocer la legitimación del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata, representado por Gustavo Vera, quien presentó el amparo contra la ordenanza que establece la Zona Roja promulgada por el municipio en julio de 2022.

La cámara instó al juez López “a cumplimentar los principios de concentración y de economía procesal imprimiendo celeridad al presente trámite a fin de no desnaturalizar su naturaleza urgente y expedita”, expresa la resolución.

Tras esta segunda revocación, el juez deberá volver a resolver sobre el amparo y el pedido de dictado de una cautelar. El amparo tiene el propósito de dictar esa medida para frenar la ejecución de la ordenanza y que se la declare inconstitucional.

Los camaristas cuestionaron que los argumentos expuestos por López implican “volver sobre cuestiones que fueron consideradas” ya por el propio tribunal en marzo, después de que fuera rechazado por primera vez el amparo bajo fundamentos similares.

“Ya sostuvimos que tal capacidad estaba directamente vinculada a las competencias asignadas por mandato legal a dicho organismo con el objeto de cumplimentar compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional en tratados internacionales”, indicaron.

Al mismo tiempo, señalaron y plantearon que consideran que “el Comité Ejecutivo cuenta con legitimación ad causam para actuar como parte sustancial en el presente proceso colectivo referente a intereses individuales homogéneos, como así también que, dadas tales circunstancias, y conforme lo dispuesto, la vía judicial intentada -amparo- resulta, en principio, la más idónea para la protección judicial efectiva de tales intereses”.

Los camaristas acotaron que “el juez López apela a argumentos generales y abstractos”, lo que los lleva a considerar que la resolución atacada “podría incurrir en una virtual denegación de justicia, motivo por el cual debe ser revocada”.

A fines de septiembre, cuando se cumplió un año de la vigencia de la ordenanza, el gobierno municipal dio a conocer que se llevaban labradas 1.914 infracciones, es decir, situaciones de oferta de sexo en cualquier lugar que no sea el único habilitado hasta el momento: 10 de Febrero entre Cacique Chuyantuya y Juan Cutay, sobre una zona de 300 metros detrás del cementerio.

De acuerdo a la ordenanza, aquellas personas que incumplan con la delimitación de la zona pueden recibir multas de entre 1000 y 5000 unidades fijas (UF), una variable de cálculo que, a valores de noviembre, se traduce entre $ 290.100 y $ 1.450.500, e incluso arrestos de 5 hasta 30 días.

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